- Despidos sin garantías ni derecho a defensa – Ya no es una opción. Logramos que la justicia reconozca la audiencia previa.
- Delitos contra la seguridad y salud en el trabajo (Art. 316 CP) – La falta de medidas de prevención puede derivar en responsabilidad penal para empresarios y directivos.
- Acoso laboral y discriminación (Art. 173 CP y 314 CP) – Perseguir o castigar a un trabajador por su género, raza o ideología no solo es injusto: es delito.
- Explotación laboral y condiciones abusivas (Art. 311 CP) – La vulneración de derechos laborales esenciales puede conllevar penas de prisión y sanciones millonarias.
- Fraude a la Seguridad Social y al trabajador (Art. 305 CP) – Actuaciones fraudulentas pueden derivar en graves consecuencias penales y económicas para las empresas.
La diferencia entre una empresa protegida y una empresa en peligro está en la estrategia jurídica. Y ahí somos imbatibles.